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Segundo semestre 2016
tiva para el desempeño del puesto de trabajo de actualización
y reciclaje, con una periodicidad no superior a cuatro años.
Asimismo, todos los trabajadores del centro dispondrán de in-
formación específica sobre su protección y prevención frente
al riesgo de exposición al polvo. Ésta incluye, entre otros, los
contenidos del apartado 4.5 de la citada ITC 2.0.02:
Riesgos que para la salud implica la exposición al polvo y con-
troles médicos a efectuar.
Los sucesivos niveles de polvo registrados en las mediciones
de sus puestos de trabajo.
Medidas técnicas de lucha contra el polvo implementadas
por la empresa en su puesto de trabajo.
Instrucciones y recomendaciones sobre las medidas preven-
tivas a adoptar por el trabajador así como sobre la utilización
de los equipos de protección individual.
Todos los trabajadores con posible exposición en industrias
extractivas realizarán una adecuada vigilancia de la salud para
la prevención de silicosis (I.T.C. 2.0.02).
Se ha de garantizar la consulta y participación de los traba-
jadores o sus representantes de modo que puedan efectuar
propuestas dirigidas a mejorar los niveles de protección (Art.
12 R.D. 665/97).
Por último, estas son las medidas de higiene personal a adop-
tar:
No comer, beber o fumar en el lugar de trabajo.
Delimitar un área limpia y específica, alejada del área de
trabajo, en la que los trabajadores puedan preparar la co-
mida, comer y beber.
Antes de comer, beber o fumar, los trabajadores deben la-
varse las manos y cara con agua y jabón y quitarse la ropa
de protección o de trabajo.
Proporcionar a los trabajadores ropa de protección apro-
piada según las condiciones de trabajo. Ésta debe impedir
la penetración de partículas sólidas en suspensión y cubrir
todo el cuerpo.
Al salir de la zona de trabajo, limpiar y quitarse la ropa de
protección. Para esta limpieza, emplear preferentemente
métodos en húmedo o, si no es posible, por aspiración del
polvo. No utilizar sistemas de aire comprimido.
Disponer de lugares separados donde guardar la ropa de
protección o de trabajo de segregada de la ropa limpia.
Establecer un programa que contemple la selección, uso,
mantenimiento y limpieza de equipos de protección indi-
vidual.
Al finalizar la jornada, los trabajadores expuestos deben
asearse, ducharse si es necesario, y ponerse ropa limpia an-
tes de abandonar el trabajo.
Está prohibido que los trabajadores lleven la ropa de pro-
tección y el calzado de trabajo a su domicilio.
El empresario se responsabilizará del lavado y descontami-
nación de la ropa de protección o de trabajo.
En naves y locales de fabricación, tratamiento y almacena-
miento es necesario realizar una renovación continua del
aire, mediante instalaciones apropiadas.
En todos los lugares de trabajo con presencia habitual de
trabajadores, es necesario limpiar periódica y eficazmente
el polvo depositado mediante sistemas de aspiración o por
vía húmeda.
Cuando las condiciones específicas de algunas labores no
permitan utilizar los anteriores sistemas, el empresario po-
drá tomar otras medidas alternativas, que pondrá en conoci-
miento de la autoridad minera.
Lo anterior se complementará con estas medidas de pro-
tección:
Aislamiento de cabinas de vehículos y puestos de mando
de máquinas e instalaciones con sistemas de aire acondicio-
nado o filtrado.
Separación del personal del foco de producción de polvo,
mediante mandos a distancia o cualquier otra medida or-
ganizativa.
Utilización de equipos de protección respiratoria contra
partículas tipo FFP3 (para mascarillas autofiltrantes) o P3
(para filtros acoplados a adaptadores faciales).
Todos los trabajadores que puedan tener que sufrir expo-
sición dispondrán de la formación preventiva establecida en
ITC 02.1.02. También, si procede, recibirán formación preven-
Las muestras se envían al laboratorio
del Departamento Técnico del Instituto
Nacional de Silicosis o a cualquier otro
laboratorio autorizado por la autoridad
minera competente
PRL EN el sector minero