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Primer semestre 2017
Según cifras de la Organización Internacional del Trabajo, alre-
dedor del mundo 317 millones de trabajadores sufren acciden-
tes de trabajo y más de 2,3 millones mueren anualmente por
accidentes o enfermedades laborales. Se estima que el costo
de estas contingencias puede representar cerca del 4% del PIB
global anual. Colombia no es ajena a este panorama: según Fa-
secolda, en 2015 se presentaron 723.836 accidentes de traba-
jo reportados y 9.583 enfermedades laborales calificadas, ci-
fras que comparadas con 2014 van en aumento. Al igual se ha
consolidado un crecimiento constante de trabajadores y em-
presas afiliadas al Sistema de Riesgos Laborales, que ascendió
en 2015 a 9.656.827 y 644.011 respectivamente.
Cifras y datos
En términos porcentuales se tiene en que por cada 100 traba-
jadores colombianos se presentan 7,5 accidentes de trabajo y
por cada 100.000 se diagnostican 99.24 enfermedades labora-
les. Este paisaje lo completa el hecho que la población laboral-
mente activa se estima en 20 millones de personas aproximada-
mente y que de ellos, 10,5 millones (52.5%) no cuenta con pro-
tección en riesgos laborales pues integran el sector informal de
los trabajadores colombianos.
Esta realidad es la que impulsó de fondo las reformas estruc-
turales y funcionales del Sistema de Riesgos Laborales. La nueva
concepción de este sistema que fue introducida por la Ley 1652
de 2012 que representó para Colombia un avance real en la pro-
tección y cuidado del trabajador, con relación a los peligros y ries-
gos a los que se ve expuesto en el marco del desarrollo de sus
actividades laborales. Si bien no podemos desconocer los impor-
tantes esfuerzos que se han realizado en los últimos 35 años en
la materia, sí es un hecho que el Programa de Salud Ocupacional
no fue suficiente y que como primer intento ya cumplió su ciclo,
por lo que reemplazarlo por el Sistema de Gestión en Seguridad
y Salud en el Trabajo (SG-SST) es un acertado paso hacia adelan-
te en materia de prevención de riesgos laborales.
Nadie puede negar que consagrar un sistema fundamenta-
do en un ciclo PHVA que permita hacer seguimiento, medición
y evaluación de los resultados respecto a los objetivos y metas
puede arrojar los resultados esperados en disminución de las ci-
fras actuales de accidentalidad laboral e incidencia de enferme-
dad laboral.
Proceso de transición
En un principio se estableció un proceso de transición a la nor-
ma de acuerdo al tamaño de las empresas, dando un plazo es-
calonado para la implementación del SG-SST, que para empre-
sas de menos de diez trabajadores vencía el 31 de enero de
2016; para las empresas de 10 a 200 trabajadores, el 31 de julio
de 2016; y para las empresas de más de 200 trabajadores, el 31
de enero de 2017. Sin embargo, llegado el primer plazo de im-
plementación, pese a los esfuerzos del Ministerio del Trabajo,
se evidenció un desconocimiento no solo de la norma, sino en
general del tiempo, esfuerzo, recursos y compromiso gerencial
que implica adoptar un sistema de gestión. Esta situación obligó
a ampliar los plazos de implementación y los unificó para todos
los empleadores públicos y privados, los contratantes de per-
sonal bajo cualquier modalidad contractual, organizaciones de
economía solidaria y del sector cooperativo, y todas las empre-
sas de servicios temporales, al 31 de enero de 2017.
Estando a fecha de la redacción de este artículo a menos de
un mes del vencimiento del plazo establecido, nuevamente se
estudia una propuesta para ampliar el término, situación que
para muchos es interpretada como inseguridad jurídica y para
otros como falta de previsión y gestión de la Administración.
Independientemente de la interpretación que se le dé a esta
situación, el Ministerio de Trabajo señala que el fundamento
principal para esta ampliación se relaciona con la demora en la
Colombia: implementar el Sistema de Gestión
en Seguridad y Salud en el Trabajo, una tarea
más demorada de lo esperado
Luisa Fernanda Prada Aparicio
Cualtis Latamco SAS
colombia