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Primer semestre 2016
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales determina que el
empresario deberá garantizar que cada trabajador reciba una
formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en mate-
ria preventiva. Asimismo, el apartado 2 del artículo 10 de la
Ley 32/2006 reguladora de la subcontratación en el sector de
la construcción indica que, además, en la negociación colectiva
estatal del sector se podrán establecer programas formativos y
contenidos específicos de carácter sectorial y para los trabajos
de cada especialidad. De este modo, el vigente Convenio Ge-
neral del Sector de la Construcción especifica la obligatoriedad
de una formación específica por puesto de trabajo u oficio para
todos los trabajadores del sector de la construcción.
Dentro de esta formación de segundo ciclo se incluyen los
contenidos de acciones formativas de un total de 26 oficios
(además de 5 puestos de trabajo) en los cuales, en mayor o me-
nor medida, se realizan trabajos en altura (se debe entender
trabajo en altura como aquel que se produce a más de 2 metros
de altura) y, por consiguiente, se hace necesario impartir aspec-
tos formativos enfocados a los procedimientos de trabajo segu-
ros, para eliminar o reducir este tipo de riesgos. Esta formación,
que en todos los casos tiene una duración de 20 horas presen-
ciales se hace, casi en su totalidad, dentro de un aula y, general-
mente, de forma totalmente teórica.
Centro de prácticas preventivas
La Fundación Laboral de la Construcción tiene una red de 44
centros repartidos por toda la geografía española y en 21 de
ellos dispone de un centro de prácticas preventivas para la rea-
lización, entre otras actividades, de formación de oficios y de
PRL. Los centros de prácticas preventivas son estructuras de
edificios sin acabar donde se instalan o montan una diversidad
de equipos de trabajo (medios auxiliares, medios de protección
colectiva, sistemas para el anclaje de equipos de protección in-
dividual, etc.), que permiten que los trabajadores o futuros tra-
bajadores de la construcción (alumnos de las diversas acciones
formativas) puedan realizar prácticas, conozcan las distintas par-
ticularidades de cada uno de esos equipos y, con la ayuda de un
formador con experiencia, aprendan tanto el correcto monta-
je de los mismos como las características que deberán testear
cuando trabajen en las obras de construcción.
De esta forma, en los centros de la Fundación Laboral don-
de se dispone de estos centros de prácticas preventivas, tan-
to los alumnos que realizan una formación de capacitación pro-
fesional, como los trabajadores que acuden para la realización
de la formación especificada en el convenio, pueden compagi-
nar la necesaria formación teórica con una formación práctica
que ayude a un mejor conocimiento de los diferentes equipos
de trabajo que se utilizan en las obras de construcción para la
protección de los riesgos de caída de altura.
La formación preventiva práctica de trabajos en
altura en los centros de la Fundación Laboral de
la Construcción
Antonio Santander
Responsable de proyectos de Seguridad y Salud de la Fundación Laboral de la Construcción
Trabajos en altura y construccion