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Segundo semestre 2016

El Sistema de Riesgos del Trabajo en la Argentina cumplió re-

cientemente 20 años. Vigente desde el 1 de julio de 1996, el

cual cambió la forma de reparación económica de los daños

permanentes, estableció una lista taxativa de enfermedades

profesionales, y la obligatoriedad del seguro o autoseguro.

Un largo camino se ha transitado durante estas dos décadas,

atravesadas por una gran cantidad de cambios sociales, econó-

micos, políticos y tecnológicos, durante los cuales hubo avan-

ces y retrocesos en materia de derechos laborales. Si bien, lue-

go de 20 años, el sistema de ART cuenta con más de 9 millones

de trabajadores asegurados y la tasa de mortalidad por sinies-

tros laborales entre 1997 y 2015 descendió de 1,4 a 0,5 cada mil

trabajadores, lo que significa casi 9.000 vidas salvadas según las

últimas cifras publicadas por la Superintendencia de Riesgos del

Trabajo (SRT); cabe destacar que en Argentina, durante el 2015

fallecieron 792 trabajadores en el ámbito laboral. Es decir, más

de 2 trabajadores por día mueren por el solo hecho de ir a tra-

bajar (incluye accidentes de trabajo, enfermedades profesiona-

les, accidentes “in itinere” y reingresos).

LRT

La denominada Ley de Riesgos del Trabajo (LRT) sufrió innu-

merables cuestionamientos desde su nacimiento; tal es así, que

detenta el triste récord en declaraciones de inconstitucionali-

dad. Hasta el año 2011 de los 51 artículos de la ley 24.557, han

sido declarados inconstitucionales 11. Los ejes centrales del sis-

tema que han merecido la tacha de inconstitucionalidad son: la

eximición de responsabilidad del empleador por riesgos del tra-

bajo con la consiguiente traslación de los riegos a un tercero

(ART), el paso obligatorio por comisiones médicas administrati-

vas, la indemnización tarifada, el pago en forma de renta perió-

dica, la prohibición e incompatibilidad con la vía civil, la compe-

tencia judicial federal, el listado cerrado de enfermedades con-

sideradas laborales y la fijación de topes máximos a la hora de

establecer el monto de indemnización del trabajador.

En este contexto se volvió evidente la profunda necesidad de

modificar el sistema. La oportunidad se presentó el 26 de oc-

tubre de 2012, cuando se dictó la Ley 26.773 de reforma de la

ley de riesgos del trabajo. Sin embargo, el espíritu que impulsó

esta reforma no fue el de corregir los vicios de inconstituciona-

lidad de la normativa anterior sino que, en este caso, el objeti-

vo central de la modificación residía en la lucha contra la deno-

minada “industria del juicio” que caracteriza al Sistema de Ries-

gos del Trabajo argentino y, particularmente, proteger a los em-

pleadores.

Entre los cambios más significativos, tanto para los empresa-

rios como para los empleados y las aseguradoras de riesgos del

trabajo, se destacan el fin de la “doble vía” y la introducción de

lo que se conoce como “opción excluyente”.

Con respecto al primer punto, cabe aclarar que con la anti-

gua normativa, un empleado podía reclamar a la Aseguradora

de Riesgos del Trabajo (ART) una indemnización por un acci-

dente laboral y, en caso de considerar que el monto abonado

no había sido suficiente, también podía accionar ante la Justicia

y demandar a su empleador para que éste le pague un resarci-

miento por la misma causa.

“Con renuncia”

En la actualidad, desde la entrada en vigencia del nuevo cuerpo

normativo, esto ya no es posible porque entra a jugar la referi-

da opción excluyente, también conocida como “con renuncia”,

por la cual un dependiente sólo puede cobrar la reparación de

la ART o una compensación integral producto de un juicio civil.

Y en el caso de que el trabajador decida litigar, bajo la normati-

va vigente, deberá hacerlo en el fuero civil apartando al trabaja-

dor del juez natural y obligándolo a someterse a las normas del

Derecho Civil. Es en este punto donde se activaron las prime-

ras alarmas en el ámbito de las centrales de trabajadores y sin-

dicatos. Los expertos aclararon al respecto que, los jueces civi-

les “no están familiarizados” con los principios protectorios del

El Sistema de Riesgo del Trabajo afronta

300.000 juicios por US$ 5.000 millones

Sebastián Astorino

Presidente de la Fundación Argentina de Ergonomía

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OS DEL SISTEMA DE RIESGOS DEL TRABAJO EN ARGENTINA