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Octubre 2015

Necesidad

Para acceder en altura durante trabajos de mantenimiento de

estructuras o trabajos en torres, edificios, antenas, postes, chi-

meneas y cisternas es necesario un dispositivo adecuado, có-

modo, seguro y certificado. En algunas de las aplicaciones an-

teriormente citadas, durante mucho tiempo, se ha recurrido a

las escaleras tipo “jaula” o de “gato”, escaleras provistas de una

protección circundante metálica. Como alternativa a éstas, hoy

existen sistemas que sustituyen la “jaula” por un raíl guía o un

cable metálico de retención.

Conformidad respecto de las distintas normativas

Las escaleras tipo “jaula” se ven todavía como dispositivos per-

mitidos, tanto en el Real Decreto 486/1007, como en su Anexo

I punto 8, donde se especifica que “en las escalas fijas la distan-

cia entre el frente de escalones y las paredes próximas al lado

de ascenso será, por lo menos, de 75 cm”. A su vez, en la NTP

408 se menciona que el “diámetro máximo de jaula (es) 0,60

cm”. De modo que ambas indicaciones sobre las medidas de la

jaula no coinciden y contrastan con lo descrito en las siguientes

normativas europeas:

1) La Norma UNE EN 547 01-02-03 del 2009-Seguridad de las

máquinas-Medidas del cuerpo humano, que define los crite-

rios antropométricos de referencia para la construcción de

la maquinaria y prevé un espacio superior a 74 cm a su es-

palda en recorridos verticales.

2) La Norma EN ISO 14122-4: 2004-Seguridad de las Máqui-

nas-Medios de acceso permanente a máquinas e instalacio-

nes industriales-Parte IV: Escaleras fijas; en el punto 4. 5 se

define que la distancia libre en el interior de la jaula debe es-

tar comprendida entre 650 y 800 mm.

En cualquier caso, tanto con 60 cm, como con 74 cm

de diámetro, no es posible llevar bolsa o maleta de he-

rramientas.

Las escaleras con jaula recientemente puestas a examen de

la Comisión Europea han sido rechazadas como dispositivos

anticaída. Entre los motivos adoptados por la Comisión se evi-

dencia, de hecho, de forma experimental, que la caída no se

detiene o, si se detiene, conlleva daños colaterales y dificulta

la recuperación del accidentado. A continuación citamos ex-

tractos de los motivos en relación con la cuestión.

(Ver imá-

genes 1 y 2).

Decisiones de la Comisión Europea inherentes a

las escaleras fijas con jaula

“Decisión de la Comisión 2006/ 733/ CE del 27 de octubre de

2006, relativa a la no publicación de la referencia de la Nor-

ma EN ISO 14122-4: 2004 «Seguridad de la Máquinas-Me-

dios de acceso permanente a máquinas e instalaciones indus-

triales-Parte 4: Escaleras fijas» de conformidad con la Directi-

va 98/37/CE del Parlamento Europeo y del Consejo [notifica-

da con el número C (2006) 5062] (Texto importante para los

fines del SEE) (DOUE L. 299 del 28. 10. 2006)”.

Extractos de los motivos de la decisión:

4) No respetan los requisitos esenciales 1.1.2 (b) (principios de

integración de la seguridad) y 1.5.15 (riesgo de resbalones,

tropiezos o caídas).

5) El dispositivo anticaídas no impide la caída desde una esca-

lera fija.

6) Los dispositivos anticaídas presentan varias desventajas.

7) Contrariamente al requisito esencial (omisones), sitúan los

requisitos para las medidas de protección integradas (la jau-

la) al mismo nivel que los requisitos únicamente adecuados

para riesgos residuales (EPI).

ACCESO ENALTURA MEDIANTE ESCALERAS

Escalera anticaídas sistema Faba A12

Alex Comas Aguadé

Product Mánager Protección Anticaídas de Tractel

Imagen 1. 60 cm:

ergonómicamente el

usuario no tiene espacio

suficiente. 74 cm: la

escalera ni es “de

seguridad”.

Imagen 2. No es posible

llevar herramientas o

bolsa.

Trabajos en altura y construccion