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Octubre 2015
Necesidad
Para acceder en altura durante trabajos de mantenimiento de
estructuras o trabajos en torres, edificios, antenas, postes, chi-
meneas y cisternas es necesario un dispositivo adecuado, có-
modo, seguro y certificado. En algunas de las aplicaciones an-
teriormente citadas, durante mucho tiempo, se ha recurrido a
las escaleras tipo “jaula” o de “gato”, escaleras provistas de una
protección circundante metálica. Como alternativa a éstas, hoy
existen sistemas que sustituyen la “jaula” por un raíl guía o un
cable metálico de retención.
Conformidad respecto de las distintas normativas
Las escaleras tipo “jaula” se ven todavía como dispositivos per-
mitidos, tanto en el Real Decreto 486/1007, como en su Anexo
I punto 8, donde se especifica que “en las escalas fijas la distan-
cia entre el frente de escalones y las paredes próximas al lado
de ascenso será, por lo menos, de 75 cm”. A su vez, en la NTP
408 se menciona que el “diámetro máximo de jaula (es) 0,60
cm”. De modo que ambas indicaciones sobre las medidas de la
jaula no coinciden y contrastan con lo descrito en las siguientes
normativas europeas:
1) La Norma UNE EN 547 01-02-03 del 2009-Seguridad de las
máquinas-Medidas del cuerpo humano, que define los crite-
rios antropométricos de referencia para la construcción de
la maquinaria y prevé un espacio superior a 74 cm a su es-
palda en recorridos verticales.
2) La Norma EN ISO 14122-4: 2004-Seguridad de las Máqui-
nas-Medios de acceso permanente a máquinas e instalacio-
nes industriales-Parte IV: Escaleras fijas; en el punto 4. 5 se
define que la distancia libre en el interior de la jaula debe es-
tar comprendida entre 650 y 800 mm.
En cualquier caso, tanto con 60 cm, como con 74 cm
de diámetro, no es posible llevar bolsa o maleta de he-
rramientas.
Las escaleras con jaula recientemente puestas a examen de
la Comisión Europea han sido rechazadas como dispositivos
anticaída. Entre los motivos adoptados por la Comisión se evi-
dencia, de hecho, de forma experimental, que la caída no se
detiene o, si se detiene, conlleva daños colaterales y dificulta
la recuperación del accidentado. A continuación citamos ex-
tractos de los motivos en relación con la cuestión.
(Ver imá-
genes 1 y 2).
Decisiones de la Comisión Europea inherentes a
las escaleras fijas con jaula
“Decisión de la Comisión 2006/ 733/ CE del 27 de octubre de
2006, relativa a la no publicación de la referencia de la Nor-
ma EN ISO 14122-4: 2004 «Seguridad de la Máquinas-Me-
dios de acceso permanente a máquinas e instalaciones indus-
triales-Parte 4: Escaleras fijas» de conformidad con la Directi-
va 98/37/CE del Parlamento Europeo y del Consejo [notifica-
da con el número C (2006) 5062] (Texto importante para los
fines del SEE) (DOUE L. 299 del 28. 10. 2006)”.
Extractos de los motivos de la decisión:
4) No respetan los requisitos esenciales 1.1.2 (b) (principios de
integración de la seguridad) y 1.5.15 (riesgo de resbalones,
tropiezos o caídas).
5) El dispositivo anticaídas no impide la caída desde una esca-
lera fija.
6) Los dispositivos anticaídas presentan varias desventajas.
7) Contrariamente al requisito esencial (omisones), sitúan los
requisitos para las medidas de protección integradas (la jau-
la) al mismo nivel que los requisitos únicamente adecuados
para riesgos residuales (EPI).
ACCESO ENALTURA MEDIANTE ESCALERAS
Escalera anticaídas sistema Faba A12
Alex Comas Aguadé
Product Mánager Protección Anticaídas de Tractel
Imagen 1. 60 cm:
ergonómicamente el
usuario no tiene espacio
suficiente. 74 cm: la
escalera ni es “de
seguridad”.
Imagen 2. No es posible
llevar herramientas o
bolsa.
Trabajos en altura y construccion