Seguridad Laboral Latam 012
/ Segundo semestre 2021 32 méxico rio de calibración acreditado ante la entidad mexicana de acreditación a.c. (ema). c) Equipo de protección personal. Se debe describir el o los equipos de protección personal utilizados en cada área de trabajo (tapón auditivo u oreje- ra), así como sus características (marca, modelo, atenuación de ruido por octava de banda, NRR, etc.). Los procedimien- tos de selección técnica y médica, de capacitación de los trabajadores en el uso, mantenimiento, limpieza, cuidado, reemplazo, limitaciones y supervisión de su uso, también deben ser descritos en este apartado. d) Capacitación y adiestramiento. Todo trabajador que esté expuesto a NER superiores a 80 dB (A) debe ser capacita- do respecto a: su exposición a ruido, los efectos a su salud, los límites máximos permisibles exposición (LMPE) mostra- dos en la tabla 1 , las medidas de control y de protección a seguir, sus exámenes audiométricos y áreas de trabajo críticas de exposición. De igual manera, se les debe de capacitar o retroalimentar en el uso, mantenimiento, limpieza, cuidado, reemplazo y limitaciones del equipo de protección auditiva. e) Vigilancia de la salud. Realizar exámenes médicos anuales específicos a trabajadores expuestos a NER mayores a 85 dB (A). Los exámenes pueden incluir: El historial otológico que contemple antecedentes hereditarios, persona- les patológicos, personales no pato- lógicos y el padecimiento actual. Exploración física del oído, nariz y garganta. Evaluación audio-métrica tonal en 250, 500, 1000, 2000, 3000, 4000, 6000 y 8000 Hz. Audiogramas de verificación si la ex- posición a NER es mayor o igual a 85 dB (A) cada seis meses y si la ex- posición a NER es entre 80 y 85 dB (A) cada doce meses (el audiómetro debe estar calibrado). f) Control de la exposición. Cuando el NER supere los LMPE se deben aplicar medidas de control para mante- ner la exposición dentro de lo permisible. Las medidas de control pueden ser: Mantenimiento preventivo o correcti- vo a la maquinaria o equipo genera- dor de ruido. Sustituir o modificar equipos o proce- sos productivos. Reducir las fuerzas generadoras de ruido usando empaques o gomas en uniones metálicas. Modificar los componentes de fre- cuencia de mayor posibilidad de daño a la salud de los trabajadores, apoyándose en los resultados del NPA (frecuencias predominantes). Distribuir adecuadamente los equi- pos en las áreas. Colocar los equi- pos más ruidosos alejados de la zona de trabajo. Acondicionamiento acústico de las su- perficies de los interiores de la zona de trabajo utilizando materiales acús- ticos en paredes, piso y/o plafones. Instalación de cabinas, envolventes, barreras totales o parciales. Encap- sular la maquinaría ruidosa. Manejo de los tiempos de exposición. La rotación de personal también es fundamental para evitar otros efec- tos adversos e inmediatos a la salud de los trabajadores (por ejemplo: estrés, mal humor, disminución del rendimiento, malestar, alteraciones cardiorrespiratorias, influencia en la calidad del sueño, trastornos auditi- vos, etc). Programación de la producción. Rea- lizar las actividades de mayor ruido cuando haya la menor cantidad de trabajadores en el área. Señalizar áreas cuando el NS A sea igual o mayor a 85 dB (A). Toda per- sona que requiera ingresar a áreas cuyos niveles de ruido sean mayo- res a 85 dB (A) debe usar el equipo de protección personal. Recordemos que la pérdida auditiva progresa constantemente conforme la exposición a ruido continúa y no puede ser tratada medicamente. El riesgo a la pérdida auditiva es ignorado por los tra- bajadores debido a que no causa dolor, es gradual y no se percibe hasta que existe un daño significativo. La pérdida auditiva es permanente y no reversible. Tabla 1. Límites máximos permisibles de exposición (LMPE).
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