Formación de Seguridad Laboral 189
/ Mayo-Junio 2023 92 señalética a requisitos, reflejo del estado actual del centro, por lo que ya no sólo es que no cumplan con la legislación, sino que pueden agravar las consecuencias de una emergencia al no representar fiel- mente la realidad. En la figura 3 se indican algunos de los símbolos que debieran de usarse en los planos de evacuación. Debe garantizarse que cualquier persona puede, por un lado, consultar un plano de situación para ubicarse y conocer el recorrido de evacuación que le correspondería usar según el caso y por otro, seguir las señales del recorrido de evacuación hasta el punto de encuentro en el exterior y todo esto, pensando en la peor de las situaciones posibles, de noche y durante un fallo en el suministro eléctrico. Legislación R.D 485/97, de 14 de abril, sobre dis- posiciones mínimas en materia de se- ñalización de seguridad y salud en el trabajo. R.D 486/97, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones míni- mas de seguridad y salud en los luga- res de trabajo. ISO 7010: “Símbolos gráficos. Colores y señales de seguridad. Señales de se- guridad registradas”. R.D 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. UNE 23034 “Seguridad contra incen- dios/Señalización de seguridad/Vías de evacuación”. UNE 23032 “Seguridad contra in- cendios/Símbolos gráficos para su utilización en los planos de proyecto, planes de autoprotección y planos de evacuación”. UNE 23035: “Seguridad contra in- cendios. Señalización fotoluminis- cente”. Los planos de evacuación se consideran parte de la señalización de evacuación y, por lo tanto, deben de ser visibles Fig.3: Símbolos según UNE 23032.
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