Formación de Seguridad Laboral 184
artículo técnico E l pasado 23 de diciembre se publicaba en el BOE el Real Decreto 1154/2020 sobre la protección de los trabajado- res contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo que finalmente, y con casi un año de retraso sobre lo previsto, transpone la Directiva (UE) 2017/2398 del Parlamento Europeo y del Conse- jo, por la que se modifica la Directiva 2004/37/CE relativa a la protección de los trabajadores contra los riesgos rela- cionados con la exposición a agentes carcinógenos o mutágenos durante el trabajo. Como consecuencia de esa transpo- sición, el Real Decreto clasifica nuevas sustancias y recoge los valores límites para determinados agentes, entre ellos la sílice cristalina respirable, que afecta de lleno al sector de fabricación de bal- dosas cerámicas pero también a otras muchas actividades como la actividad en los puertos, canteras, atomizadoras, transportes de graneles, industria de fabricación de esmaltes y colores cerá- micos, fabricación de tejas y ladrillos, la construcción, vidrio, etc. El Gobierno de la anterior legislatura elaboró un borrador de real decreto, que sometió a los diferentes órganos consul- tivos (Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, Consejo Económico y Social de España y Consejo de Estado) que se alineaba con lo dispuesto por la directiva a la hora de fijar un valor límite para la fracción respirable de sílice cris- talina de 0,1 mg/m³. Sin embargo, el RD publicado no ha tenido en cuenta ni el trabajo del anterior ejecutivo, ni de todos los sectores implicados, fijando un valor límite de 0,05 mg/m³, muy por debajo del inicialmente previsto. Esta limitación, entrará en vigor el 1 de enero de 2022, lo que dinamita todas las previsiones y las inversiones realizadas por las empre- sas hasta ese momento. Competitividad del sector Desde la industria de fabricación de bal- dosas cerámicas entendemos que se trata de una decisión que comprometerá la competitividad del sector tanto a nivel europeo como a nivel mundial, al exigir España un nivel el doble de restrictivo que el establecido por la UE, todo ello sin haber tenido en cuenta las implica- ciones para las empresas o para los sec- tores afectados. No se pueden construir discursos de apoyo a la industria y a la vez adoptar medidas que constriñan de forma tan notable su actividad, especial- mente cuando la gravedad de esas me- didas no se corresponde con la realidad de la situación higiénica ni médica que se pretende corregir. La sílice cristalina, fracción respirable en el sector español de fabricación de azulejos y pavimentos cerámicos ASCER A sociación E spañola de F abricantes de A zulejos y P avimentos C erámicos / Julio-Agosto 2022 71
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy MTI4MzQz