Formación de Seguridad Laboral 173

56 Septiembre-Octubre 2020 La semimáscara Elipse y los filtros HESPA P3 R D para partículas de GVS presentan las siguientes características: Normativas : EN 140:1998 (semimáscara). EN 143:2000+A1:2006 P3 R D (filtros). CE 0194. Eficiencia : P3 > 99,95% para partículas de 0,3 microns. Almacenamiento : hasta 5 años (semimáscara y filtros). Es preciso consultar las condicio- nes de almacenaje en las instrucciones de uso. Los filtros son reutilizables y reemplazables. Composición : Semimáscara : TPE médico conforme a ISO 10993-10:2010 (no irritación o sensibili- zación cutánea). Cuerpo del dispositivo sin látex ni silicona. Libre de olores. Válvula : cuerpo en material nylon y diafragma inhalación/exhalación en silicona. Banda ajuste : bandas elásticas para cabeza y cuello con confort pad en TPE. Con 4 puntos de anclaje. Filtros : sistema con tecnología HESPA de filtración mecánica multicapa con filtros encapsulados en material TPE moldeado y flexible. Encapsulamiento (tecnología pa- tentada) Longitud de medida real de cada filtro: 645 mm. Producción : en Reino Unido. Control de calidad filtros: 100% (NaCI test). Aplicaciones : partículas, nieblas y vapores. Semimáscara Elipse y filtros HESPA P3 R D para partículas de GVS Fuente: FEIQUE. El pasado 23 de septiembre se publicó en el BOE, el Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia, fruto del acuerdo alcanzado en el seno del Diá- logo Social tripartito entre Gobierno y Agentes Sociales (CEOE-CEPYME y UGT y CCOO), tras más de dos meses de complicadas negociaciones, marcadas por la pandemia. Uno de los puntos destacables de la esta nueva regula- ción, consiste en la remisión continua de la norma a la ne- gociación colectiva que ha demostrado reiteradamente ser la mejor herramienta para adaptarse al cambio. Precisa- mente, en el marco de la negociación colectiva, es reseña- ble que el Convenio General de la Industria Química fue pionero en regular el teletrabajo, en el año 2007. Concretamente, el artículo 10. bis del XIX Convenio re- gula el teletrabajo del sector químico y define las líneas bá- sicas del mismo como posible medio de organización del tra- bajo. En él ya se destaca, desde hace 13 años, el carácter vo- luntario del teletrabajo, tanto para el trabajador como para la empresa, así como su carácter reversible, salvo que el esta fór- mula de trabajo forme parte de la descripción inicial del puesto. Dada la naturaleza del teletrabajo, se establece que serán la em- presa y los trabajadores afectados quienes fijarán las condicio- nes laborales, salvo los aspectos en que pudiera existir acuer- do colectivo. El teletrabajo en el sector químico: regulado por el ‘Convenio colectivo’ desde 2007 prl en la industria qu mica Más información: [email protected]

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