Formación de Seguridad Laboral 171
66 Mayo-Junio 2020 Más información:
[email protected] El amianto (llamado asbestos en los países anglosajones y/o de habla inglesa) ha sido siempre un mineral ampliamente utilizado en numerosos sectores industriales, de entre los cuales, la cons- trucción ha sido su mayor exponente. A raíz de la explosión de la burbuja inmobiliaria, las rehabilitaciones son, en mayor medi- da, el tipo de obras más acometidas actualmente y en estas re- habilitaciones se encuentran en las obras, muy a menudo, pre- sencia de elementos constructivos con contenido en amianto. La curva en la gráfica de importaciones de amianto de este país nos indica que el 90% de edificaciones construidos entre 1965 y 1984 tienen amianto en algún punto de su estructura. Así pues, teniendo en cuenta el incremento de las rehabilitacio- nes de edificaciones -y los datos expresados- tenemos un gran número de posibilidades que en las próximas obras en las que vayamos a desempeñar nuestras funciones -sean las que sean- nos encontremos con algo que contenga amianto. RERA En España los trabajos con exposición al amianto están regula- dos por el RD 396/2006, de 31 de marzo. Hasta aquí todo pa- rece claro, pero en la práctica me encuentro con que la mayo- ría de empresas contratistas, CCS, SPA y demás agentes inter- vinientes en las obras no saben qué y cuáles son los requisitos que deben cumplir las empresas RERA (empresas inscritas en “Registro de empresas con riesgo por amianto”) subcontrata- das para realizar estos trabajos. La mayor parte de las veces a la empresa RERA que va a ejecutar trabajos en una obra se le pide la inscripción al RERA como prueba de que está capacitada para realizar los traba- jos encomendados. No obstante, nada más lejos de la reali- dad: la inscripción al RERA es un trámite fácilmente alcanza- ble que nada tiene que ver con la capacidad técnica o legal de esa empresa para hacer correctamente los trabajos que le es- tamos encargando. Las empresas RERA deben ejecutar siempre los trabajos bajo la aprobación de un plan de trabajo de amianto aprobado por la autoridad legal pertinente. Estos planes de trabajo pue- den ser de dos tipos: los planes genéricos y los específicos. Los genéricos tienen ciertas limita- ciones, a saber: Máximo 1 día de trabajo realizado por un máximo de 4 operarios. En caso de tratarse de retirada de placas (tejados o tabiques pluviales) un máximo de 100 m 2 . Que en la obra a acometer no haya cerca, ni otras personas ni se esté desarrollando nin- guna otra actividad (para evitar exposiciones a terceras personas). Pero existe un detalle no tan conocido y muy importante a saber: las empresas RERA con un plan de trabajo genérico aprobado sólo pueden llevar a término bajo su aprobación los Adrián Edo Juan Técnico de amianto de Verdmon Conocimientos previos a tener antes de acometer una obra con exposición al amianto
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