Formación de Seguridad Laboral 166

58 Julio-Agosto 2019 Articulo Tecnico Más información: [email protected] Si en la actualidad existen términos de moda, estos son algunos de ellos: eléctrico, eficiencia, autónomo, industria 4.0, etc. El re- punte del uso de esta palabras está motivado por el auge de la electrificación de sistemas para hacerlos más eficientes y las mejoras en los sistemas de comunicación para hacer sistemas más autónomos. Estas evoluciones han incrementado los nive- les de exposición a campos electromagnéticos a los que las per- sonas pueden estar expuestas, generando en ellas efectos bio- lógicos o térmicos. Siendo esto así, una de las preguntas que podemos hacer- nos es, ¿qué consecuencias tiene esto en las empresas y en el medio ambiente laboral? Y, ¿es en efecto algo nuevo o algo que está de moda? Si empezamos por el final, no es algo nuevo, ni tampoco es que esté de moda. La Ley de Prevención de Riesgos laborales ya establece que “el empresario”, en relación a las personas que trabajan en su organización, tiene como obligación “realizar una evaluación inicial y siempre que haya cambios de consideración, de los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores, te- niendo en cuenta, con carácter general, la naturaleza de la acti- vidad, las características de los puestos de trabajo existentes y de los trabajadores que deban desempeñarlos”. Y no sólo eso: si hablamos de las empresas que suministran, debemos tener en cuenta que “los fabricantes, importadores y suministradores de maquinaria, equipos, productos y útiles de trabajo están obligados a asegurar que estos no constituyan una fuente de peligro para el trabajador, siempre que sean instala- dos y utilizados en las condiciones, forma y para los fines reco- mendados por ellos”. Por lo tanto, ninguna cuestión relativa a los sistemas produc- tivos que pueda tener un impacto en el medio ambiente labo- ral es algo nuevo. No obstante, si levantamos un poco la vis- ta, nos daremos cuenta que la Industria 4.0. está produ- ciendo como efecto que las empresas hemos dado un sal- to adelante en cuanto al conocimiento del impacto que las nuevas tecnologías, productos o sistemas productivos está produciendo en nuestra fuerza laboral, las personas. Según la Agencia Europea para la Seguridad y Salud en el Trabajo, “anticipar los riesgos nuevos y emergentes, ya sea los derivados de innovaciones técnicas, ya sea asocia- dos a la evolución social, es indispensable para garantizar su control”, y en cierta medida, los campos electromagné- ticos podemos considerarlos como riesgo emergente de- bido al incremento de la exposición a este factor, produ- cida por la electrificación de los sistemas. Es por ello que se ha producido una evolución normati- va importante en relación a este factor, aprobándose en el 2016 el Real Decreto 299/2016 del 22 de julio, que trans- pone la Directiva Europea del 2013, estableciéndose dis- posiciones mínimas de salud y seguridad relativas a la ex- posición de trabajadores a los riesgos derivados de agen- tes físicos (campos electromagnéticos). Mateo Iglesias Asesor de tecnología de sistemas eléctricos de potencia Fernando Arteche Coordinador de tecnología de sistemas eléctricos de potencia Elena Sanjoaquín Benavente Responsable RR. HH. y Desarrollo Corporativo Emisiones electromagnéticas e implicaciones en términos de PRL Figura 1. Distribución de campo magnético alrededor de la bajante de un cable de potencia de un tren.

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