Formación de Seguridad Laboral 165

86 Mayo-Junio 2019 Más información: [email protected] senalizacion Las características de los planos de autoprotección y evacua- ción están recogidas en la norma UNE 23032:2015. Esta norma es de obligado cumplimiento a los dos años desde la entrada en vigor del “Reglamento de instalaciones de protección contra in- cendios”, RIPCI 513/2017. Es decir, de obligado cumplimiento a partir del 23 de diciembre de 2019. La norma UNE23032:2015 viene cargada de cambios, tanto en los pictogramas, actualizándolos a la UNE EN ISO 7010:2012, como en el tamaño de las letras a emplear para confeccionar los planos de evacuación. También regula los aspectos relativos a los colores de impresión, y todos los detalles que le dan el aca- bado final al plano de evacuación, incluido su tamaño. Los planos de evacuación se consideran parte del sistema de señalización de emergencia, por lo que en aplicación del RIP- CI 513/2017 se deben someter a todas las especificaciones de mantenimiento y revisión detalladas en la tabla III de la sección 2º detalladas en el RIPCI que podemos resumir en la compro- bación visual de la existencia, correcta ubicación y buen esta- do en cuánto limpieza, legibilidad e iluminación (en la oscuridad) con carácter anual. Recordar que al igual que las señales luminiscentes, el plazo de vida útil del plano de evacuación, es de 10 años. Con la entrada en vigor del nuevo RIPCI, los planos de eva- cuación serán de clase A en los centros donde se desarrollen actividades descritas en el anexo 1 del Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, que a grandes rasgos son: Establecimientos en los que intervienen sustancias peligrosas, explosivos, residuos peligrosos. Actividades e infraestructuras de transporte: Puertos comerciales. Aeropuertos, aeródromos y demás instalaciones aeropor- tuarias. Estaciones e intercambiadores de transporte terrestre con una ocupación igual o superior a 1.500 personas. Líneas ferroviarias metropolitanas. Túneles ferroviarios de longitud igual o superior a 1.000 m. Actividades sanitarias: Cualquier establecimiento de uso sanitario con una disponi- bilidad igual o superior a 200 camas. Planos de evacuación: normativa actual Bernardino Meseguer CEO de Normaluz

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