seguridad-laboral 149

41 Octubre 2016 Más información: [email protected] Dentro de poco hará frío de verdad, volverán los chubasque- ros, los pesados abrigos, los guantes. Para aquellos trabajadores que están expuestos al frío, será hora de cambiar la ropa estival o de entretiempo por las ropas de invierno. Muchos trabajadores están expuestos a este agente físico, que supone un riesgo potencial para su salud y seguridad. Como todo riesgo al que se expone un trabajador, el frío al que están expuestos los trabajadores debe ser detenidamente evaluado, y en caso de que se determine que supone una amenaza para la salud de los trabajadores, debe ser prevenido mediante la apli- cación de medidas técnicas, organizativas, etc. En el caso de que estas medidas no sean suficientes para eli- minar el riesgo, se deberá acudir a un equipo de protección in- dividual (EPI) para ofrecer el nivel de protección adecuada en función del nivel de riesgos evaluado. Desafortunadamente, algunos de los trabajadores para los cuales se ha determinado que están expuestos a un riesgo deri- vado de la exposición a bajas temperaturas, tendrán que prote- gerse de frío con un abrigo normal y corriente, muy parecido al que se usamos en nuestra vida cotidiana. No obstante, es nues- tra obligación recordar que siempre y cuando el riesgo por frío haya sido identificado como agente que amenace la salud y se- guridad de los trabajadores, y que éste no pueda ser combati- do por otros medios más que el EPI, el Real Decreto 773/1997 obliga al uso de equipos de protección individual conformes con lo establecido en el RD 1407/1992. En este artículo pretendemos señalar las normas aplicables al vestuario y los guantes destinados a la protección contra el frío, dada la importancia que tiene en el proceso de selección y uso de un EPI el conocer los requisitos mínimos que definen las nor- mas aplicables a los equipos que deberemos utilizar. Normativa aplicable al vestuario de protección contra el frío La normativa recoge dos normas armonizadas que detallan los requisitos aplicables al vestuario de protección contra el frío: 1. UNE-EN 14058:2004-Prendas de protección contra ambien- tes fríos. 2. UNE-EN 342:2004-Conjuntos y prendas de protección con- tra el frío. Recordemos que el proceso de selección del equipo comien- za con un conocimiento total y absoluto acerca de todos los fac- tores y parámetros relacionados con la tarea. En el caso de es- tar evaluando una exposición por frío, de- beremos reunir toda la información posible acerca de: 1. Temperatura ambiente: una tempera- tura ambiente inferior a 5 °C puede tener efectos directos sobre la salud de los traba- jadores expuestos. 2. Velocidad del aire: el viento provoca un efecto de enfriamiento en la piel. 3. Humedad relativa: el agua retira el ca- lor del cuerpo 25 veces más rápido que el aire seco. 4. Actividad física asociada a la tarea. La producción de calor corporal compensa parcialmente la pérdida de calor debida a la exposición a bajas temperaturas. 5. Particularidades de los trabajadores. Al- gunas endocrinopatías pueden favorecer la hipotermia en determinadas circunstan- cias. Asimismo, el consumo de determina- dos medicamentos (fenotiacinas, barbitúri- Vestuario de protección contra el frío. Normativa aplicable Javier Díaz Alonso Secretario general de ASEPAL Vestuario laboral y de proteccion

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