seguridad laboral 146
31 Abril 2016 Más información:
[email protected] compliance laboral es así, la eficacia del código será menor como eximente de responsabilidades legales y como instrumento para preve- nir de manera efectiva las conductas no deseadas. Por este motivo, y tal y como tradicionalmente haría- mos en materia de PRL, la formación específica es un complemento generalmente deseable y obligatorio en algunas jurisdicciones. Herramientas de reporte/solución de conflictos. Por úl- timo, y nuevamente con el fin de garantizar un efectivo cumplimiento de las normas, es habitual dotarse de he- rramientas de reporte que permitan a los trabajadores poner en conocimiento del empresario los incumplimien- tos, así como de procedimientos internos de solución de conflictos que permitan investigar dichos incumplimientos y dar solución a los mismos internamente. Estas herramientas garantizan que el empresario tiene conocimiento temprano de cualquier incidencia y permi- ten adoptar medidas de solución antes de que el conflicto de judicialice o la denuncia llegue a la inspección de traba- jo, momento en el que la capacidad de incidencia del em- presario en la solución del conflicto está muy mermada. En resumen, el compliance laboral y, especialmente, su di- mensión relativa a la prevención del acoso laboral y la dis- criminación no es un concepto abstracto, ni su enfoque se limita a un determinado mapa de riesgos o a un programa de actuaciones sino que, también, debe de ser una mane- ra de hacer negocios y un asunto de especial importancia ya que no hay ningún negocio que sea más importante para las empresas que su reputación y sus valores y la garantía de un eficaz cumplimiento normativo en un entorno de ries- gos globales crecientes. MANTENTE INFORMADO: Apúntate GRATIS a nuestra newsletter mensual http://www.segur idad-laboral.es/ newsletter/subscr ibe ydescargate GRATUITAMENTE nuestra revista on-line
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