formacion seguridad laboral 141

76 Junio 2015 Articulo Tecnico 2) No obstante, cada año que pasa, el porcentaje de lo recla- mado va en aumento y en los cinco años transcurridos casi se ha duplicado, como también la cuantía. Tercero. Y tras el trámite de las peticiones del “bonus”, re- sueltas por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, ¿cuál ha sido el número de éstas que han merecido ser aprobadas? El si- guiente cuadro lo aclara: AÑO RESOLUCIÓN FAVORABLE % SOBRE PRESENTADAS 2009 1.150 86.3% 2010 1.144 91.7% 2011 1.291* 85.0%* 2012 1.744* 85.5%* 2103 en trámite La media en los cuatro años sería de un 87.1%, (*que puede decirse es un porcentaje alto, si bien el dato puede experimen- tar alguna pequeña diferencia en función de cómo finalicen los casos todavía pendientes de resolver por el Ministerio de Em- pleo y Seguridad Social de los años 2011 y 2012. En concreto del 2011 todavía hay pendientes de finalizar la tramitación un total de 158 solicitudes, que si fuesen estimadas supondría el recono- cimiento de aproximadamente 3.269.189 euros; y en del 2012 existe mayor número de casos pendientes, un total de 312 soli- citudes, por un importe teórico de 2.529.522 euros). Cuarto. Lo siguiente que falta por conocer son los impor- tes que por incentivo se han abonado a las empresas derivadas de las solicitudes resueltas positivamente. Veamos el siguien- te cuadro: AÑO IMPORTE RECONOCIDO % SOBRE IMPORTE SOLICITADO 2009 4.536.977 euros 80.8% 2010 6.417.864 euros 89.0% 2011 5.054.711 euros* 53.5% 2012 7.228.528 euros* 72.0% 2103 en trámite Ministerio de Empleo y Seguridad Social Como vemos, los dos primeros años se obtuvo el más alto porcentaje en la relación importe reconocido sobre el solici- tado. El año 2011 resulta anormalmente negativo, pues supe- ró escasamente el 50%, aunque, como se dice en el aparta- Añadir que en ese periodo considerado, de los años 2009 al 2011, la pequeña empresa no podía acceder al “bonus” y de ahí que los resultados en ese periodo todavía fuesen peores, como se evidencia por el cuadro anterior. A partir del año 2012 desaparece esa limitación y todas las empresas pueden acceder a la solicitud. A priori parece de- mostrarse, por la tabla comentada, que el efecto se deja notar, pues el porcentaje de estas solicitudes se eleva sustancialmen- te. Pero, en realidad, ese efecto de incorporar a todas las em- presas, al menos en los dos años de aplicación, 2012 y 2013, es realmente muy limitado, ya que en el año 2012 se presentaron 124 peticiones y en el 2013 la cifra descendió a 25, lo que puede permitir aventurar que a estas empresas el efecto del bonus les interesa poco, quizá por la cuantía que les puede suponer, qui- zá por las exigencias de acreditar tantos requisitos o porque no les ha llegado el mensaje. Segundo. Importe estimado por Asepeyo que, tras analizar todas las peticiones presentadas, pudiera ser el percibido por las empresas interesadas en el “bonus”. AÑO IMPORTE EN EUROS % SOBRE TOTAL DISPONIBLE 2009 5.616.150 20.4% 2010 7.207.713 23.5% 2011 9.444.813 29.3% 2012 10.019.886 30.2% 2013 13.209.362 37.9% Pocos comentarios pueden hacerse de lo que se aprecia: 1) Que a pesar del importe máximo teórico que se solicitaba, estas cuantías quedan muy lejos de lo que realmente podía ser retornado. * En estos años, como se dirá más adelante, hay todavía bastantes casos en trámite de resolución. Por la experiencia de los dos años ya ce- rrados, y de forma provisional al efecto de aportar un dato más ajustado, podría decirse que en el ejercicio 2011 se estima podría quedar concluso con un importe total concedido de aproximadamente 8 millones de euros; y en el 2012 el importe sería de aproximadamente 8,5 millones de euros. Eso supondría que en ambos años el porcentaje de lo concedido se situara en torno al 85%.

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