formacion seguridad laboral 141

75 Junio 2015 Articulo Tecnico En fecha 1 de abril de 2010, el Boletín Oficial del Estado publicó el Real Decreto 404/2010, de 31 de marzo, mediante el que se instituía en España una norma que regulaba el establecimiento de un sistema de reducción de las cotizaciones por contingen- cias profesionales a las empresas que contribuyeran especial- mente a la disminución y prevención de la siniestralidad laboral. El Real Decreto fija los requisitos que las empresas han de cumplir para poder optar a la concesión por parte de la Seguri- dad Social del incentivo, así como la cuantía de su importe y el proceso de solicitud. Coloquialmente conocido como “bonus”, la traducción prác- tica supone que las empresas que acrediten los requisitos que marca la norma, podrán recibir un incentivo, a abonar directa- mente por la mutua, con los límites en cuantía que el artículo 4 de la norma regula. Y el fondo sobre el que gravita ese incenti- vo está amparado por los excedentes que haya obtenido la Mu- tua y que se encuentren depositados en el Fondo de Preven- ción y Rehabilitación, a partir del 1 de enero del año en curso, denominado Fondo de Contingencias Profesionales de la Segu- ridad Social. De ese fondo, la Mutua podrá disponer, para abonar tales in- centivos, de un máximo del 3% anual. Ese es, por tanto, el límite que se puede destinar a las empresas por este incentivo. En lo que hace referencia a Asepeyo, las cuantías máximas que podían ser destinadas a este menester en el periodo 2009- 2014 fueron las siguientes: AÑO IMPORTE EN EUROS 2009 27.538.559 2010 30.608.863 2011 32.223.477 2012 33.221.149 2013 34.842.568 Puede decirse, por tanto, que, “a priori”, el montante suscep- tible de ser retornado a las empresas y referido a esta entidad es muy alto. Teniendo en cuenta estas premisas, y que este incentivo pue- de solicitarse desde el pasado 1 de abril, es interesante hacer balance y ver qué ha sucedido en dos ejercicios cerrados (años 2009 y 2010), cómo van los siguientes y realizar una valoración. Primero. El número de solicitudes que las empresas pre- sentaron en Asepeyo, relacionado con las empresas asocia- das y el porcentaje entre uno y otro, fueron los siguientes. Ver tabla 1 Una primera conclusión a extraer es que el porcentaje de empresas interesadas en acceder a la concesión del “bonus” re- sulta escasamente significativo. En ningún caso pasa del 0.80% de las empresas asociadas. El “bonus”: incentivo para las empresas A nálisis de cinco años de aplicación Vicente Aparicio Mulet Subdirector general de Asepeyo AÑO SOLICITUDES EMPRESAS ASOCIADAS % SOLICITUD / EMPRESA 2009 1.332 250.013 0,53% 2010 1.248 239.056 0.52% 2011 1.519 233.201 0.65% 2012 2.040 255.851 0.80% 2013 2.058 272.141 0.76% Tabla 1

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