formacion de seguridad laboral 138
PRL EN EL SECTOR aeroportuario 23 Diciembre 2014 Comparación con los niveles de acción: Al ser PE>100, se supera el valor superiores que dan lugar a una acción. Exposición real: Considerando el uso de la protección auditiva (atenúa 15 dBA) durante las tareas 1 y 2: Tarea L´eq dBA atenuado PE ´ i,1h PE ´en la jornada Tarea1 76 1,6 1,6 Tarea 2 <70 (insignificante) (insignificante) Tarea 3 82 (1) 6,4 (1) 12,8 (1) Tarea 4 <70 (insignificante) (insignificante) (1) No se considera el uso de protección auditiva PE´=∑(t i PE´ i,1h ) =1,6+12,8=14,4 EL nivel diario equivalente atenuado está comprendido en- tre 76 y 77 dBA. Comparación con el valor límite: Al ser PE’<160, no se supera el valor límite. Además, al ser PE’< 32, se garantiza que la exposición real de los trabajadores será inferior a 80 dBA mediante el uso de la protección auditiva durante la realización de las tareas 1 y 2. Aplicación de medidas para el control de la exposición a ruido Como se ha visto hasta ahora mediante la ficha de baremos del puesto de trabajo se comprueba de forma rápida y sencilla el efecto sobre el nivel de exposición real en el oído del uso de la protección auditiva. En el ejemplo anterior se observa clara- mente como una tarea “ruidosa” (tarea 1) se convierte en una tarea “no ruidosa” pasando de 50 puntos de exposición por hora a solamente 1,6 si se hace uso de la protección auditiva. Pero además la ficha de baremos de exposición a ruido es una herramienta de gran utilidad en la elaboración del progra- ma de medidas técnicas al que se hace referencia en el Real De- creto 286/2006 ya que a través de la misma: - Se obtiene información sobre las principales fuentes de ruido. - Se obtiene información útil para la priorización de medidas técnicas de reducción del nivel de ruido en el origen. - Se facilita la valoración del impacto sobre el nivel de ruido de las diferentes medidas técnicas y organizativas (ordenación del tiempo de trabajo, rotación de trabajadores, etc.) adoptadas de forma rápida y sencilla, mediante una simple operación ma- temática. - Una vez llevado a cabo, permite garantizar que tras su implan- tación no se sobrepasarán los valores superiores de exposi- ción que dan lugar a una acción, y además, tal y como esta- blece el Real Decreto, los riesgos quedarán reducidos al míni- mo posible. Ficha de baremos de exposición a ruido El resultado de la evaluación de la exposición a ruido se recoge en una ficha de baremos específica del puesto de trabajo don- de se da información sobre: ▪ Cómo calcular los puntos de exposición en la jornada de trabajo. ▪ Tareas del puesto de trabajo y su contribución a los puntos de exposición de cada tarea, por cada hora de realización de la misma en dos condiciones: ▪ Sin tener en cuenta el uso de protección auditiva. ▪ Teniendo en cuenta el uso de la protección auditiva y la ate- nuación ofrecida por la misma. ▪ Además se debe informar del nivel de pico de la tarea. ▪ Criterios para el uso de protección auditiva, para garantizar la mínima exposición real durante cada jornada de trabajo. Ejemplo de aplicación. Supongamos un puesto de trabajo en el que se realizan funda- mentalmente 4 tareas: Tarea Leq dBA Lpico dBC Tiempo (horas) Tarea1 91 126 1 Tarea 2 86 112 3 Tarea 3 82 118 1,5 Tarea 4 <70 105 2,5 Cálculo del nivel diario equivalente: Tarea PE i 1h PE i en la jornada Tarea1: 1 horas a 91 dBA 50 50 Tarea 2: 3 horas a 86 dBA 16 48 Tarea 3: 1,5 hora a 82 dBA 6,4 12,8 Tarea : 2,5 horas por debajo de 70 dBA (insignificante) (insignificante) PE=∑(ti PEi,1h) =75+48+6,4+0=110,8 El nivel diario equivalente está comprendido entre 85 y 86 dBA.
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