Pensiones en España: ¿Cuál es la tuya?

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Gertrudis Bujalance

La pensión o subsidio es una cantidad económica en concepto de seguro social, que percibe un beneficiario de forma puntual u ocasional o vitalicia por parte del Estado. La pensión por naturaleza es pública, pero hay otros tipos. Una entidad privada como una mutua también puede ser la fuente de determinadas pensiones procedentes de los pagos realizados por el beneficiario durante su vida laboral activa.

¿De dónde salen los fondos para pagar tu pensión y quién los gestiona?

Este tipo de subsidio se recibe en circunstancias laborales como la jubilación, el desempleo, un accidente, una enfermedad, una discapacidad. Los fondos para pagarlas proceden de las cotizaciones que pagan los trabajadores en activo. En función de las leyes vigentes y de las circunstancias individuales, la pensión puede ser temporal o vitalicia.

La totalidad de los recursos destinados a abonar las pensiones las gestiona la Tesorería General de la Seguridad Social con los fondos acumulados mediante las prestaciones. Las pensiones públicas constituyen una partida sustancial de los Presupuestos Generales del Estado, atribuida a la Seguridad Social. El gasto presupuestado para la política de Pensiones en 2023 asciende a 190.687 millones de euros, lo que supone un crecimiento del 11,4 por ciento respecto a 2022.

¿Sabes qué son exactamente las pensiones públicas?

Las pensiones públicas son prestaciones económicas por lo general de duración indefinida y sujetas a una relación jurídica previa con la Seguridad Social. Es decir, requieren acreditar un período mínimo de cotización y cumplir una serie de requisitos. Las pensiones públicas pueden ser contributivas o no contributivas. Entre ambas hay diferencias sustanciales, como veremos más adelante.

Los principios que fundamentan el sistema público de pensiones son estos cinco:

  • Reparto. Las pensiones se financian con las cotizaciones de los trabajadores en activo en el momento correspondiente.
  • Proporcionalidad contributiva. Una pensión es correlativa a las cuantías que un trabajador entrega al sistema durante una vida laboral.
  • Universalidad. Protege económicamente a las personas que no contribuyen al sistema. Lo sustenta la existencia de las pensiones no contributivas, que describimos en el siguiente apartado.
  • Gestión pública. El sistema se gestiona mediante los principios de estabilidad presupuestaria y de asignación equitativa de los recursos públicos, sujetos a criterios de eficiencia económica.
  • Suficiencia de la prestación. Los subsidios deben cubrir adecuadamente las necesidades que protege socialmente la ley.

Pensiones contributivas: qué son y cuántos tipos hay

Este subsidio económico lo proporciona el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), habitualmente con una vigencia ilimitada, es decir, vitalicia. Para su concesión la Seguridad Social exige unos requisitos específicos. La cuantía depende necesariamente de las aportaciones del empleado y del empresario o empresarios que lo hayan contratado.

En caso de que se trate de un trabajador autónomo, se valorarán únicamente sus tributaciones. La base reguladora contempla un periodo laboral del que extrae un porcentaje promedio que será el importe de la pensión. Típicamente, una pensión contributiva la definen la edad del trabajador y sus cotizaciones. Pero también pueden contar el estado de salud, como ocurre con la incapacidad permanente, o las circunstancias familiares. Estas son las modalidades de pensión contributiva:

  • Jubilación. Subsidio que marca un periodo de inactividad laboral relacionado con la edad, cuando la relación con el mundo laboral ya se ha extinguido total o parcialmente. Estos son los tipos de pensiones de jubilación: ordinaria; anticipada por ser mutualista; anticipada sin ser mutualista; anticipada forzosa por cese no voluntario del trabajo; anticipada voluntaria por elección propia; anticipada por grupo profesional; anticipada por discapacidad; parcial; flexible; activa; demorada; forzosa por edad.
  • Incapacidad permanente. Este modelo de pensión contributiva lo determina la imposibilidad de trabajar. En base a la gravedad del caso hay cuatro tipos: parcial (indemnización y conservación del empleo); total (ineptitud para el trabajo habitual); absoluta (nula capacidad para toda actividad laboral); gran invalidez (incapacidad absoluta más necesidad de asistencia en rutinas diarias).
  • Fallecimiento. «De muerte y supervivencia», según la terminología de la Seguridad Social. Las modalidades son: viudedad (muerte del cónyuge); orfandad (muerte de un progenitor o ambos); otros familiares (parientes económicamente dependientes).
  • Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI). Cubre tres circunstancias (vejez, invalidez, viudedad) para personas sin derecho a una pensión de la Seguridad Social. Es una cuantía fija, vitalicia y no prescribe.

Pensiones no contributivas: qué son y cuántos tipos hay

El segundo tipo de pensión pública es la no contributiva. Protege económicamente a los ciudadanos en situación de necesidad y sin recursos necesarios para su subsistencia. Los beneficiarios de una pensión no contributiva pueden no haber cotizado lo suficiente para una pensión contributiva o ni siquiera haber cotizado.

Por tanto, las pensiones no contributivas se activan sin relación con las cotizaciones. Esta es la principal diferencia entre las primeras y las segundas. Pero las personas que las perciben se convierten en pensionistas de la Seguridad Social a todos los efectos, con las garantías correspondientes.

Una persona sin cotización alguna o sin cotización suficiente para obtener una pensión de invalidez o jubilación, puede solicitar una no contributiva alegando estos motivos. La gestión puede hacerse a través de los Servicios Sociales de cada Comunidad Autónoma, del Imserso o en cualquier otra oficina del INSS.

¿Tienes claro qué son las pensiones privadas?

Un plan de pensiones privado suele enfocarse como accesorio o suplemento a la jubilación procedente de las prestaciones públicas. Uno de sus incentivos es que desgrava en la declaración anual de la renta. Básicamente es un sistema de ahorro, ya que supone una acumulación paulatina de capital mediante aportaciones económicas.

El inconveniente principal del plan de pensiones privado es que restringe la disponibilidad de tu propio dinero. De hecho, el acceso a los ahorros se reduce a los casos de jubilación, discapacidad, dependencia severa o fallecimiento (recayendo en de los herederos). Otras circunstancias que lo permiten son una enfermedad grave o un desempleo prolongado, pero esto conlleva una una severa penalización económica que repercute en la Renta anual.

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