El procedimiento de actuación de los servicios de prevención de riesgos laborales en el control del nuevo covid publicado por el Ministerio de Sanidad y actualizado semanalmente, llama a cooperar con las autoridades sanitarias a los servicios de prevención de riesgos laborales, tanto ajenos como propios, y solicitando la adaptación de su actividad con el objetivo general de limitar los contagios de SARS‐CoV‐2 en el entorno laboral.
Desde la organización empresarial de los servicios de prevención ajenos han traslado al Ministerio de Sanidad su total colaboración y compromiso con la salud de los trabajadores y el control del covid, más en la situación actual en la que se precisa del apoyo y responsabilidad de todos los operadores esenciales para reducir sus graves consecuencias.
Para este cometido la Administración ha dotado de nuevas competencias a estas entidades, principalmente, en la realización de la investigación y seguimiento de los llamados contactos estrechos en el ámbito laboral (personas que en diversas casuísticas han estado en contacto con personas sintomáticas por el nuevo coronavirus).
Colaboración en la gestión de la incapacidad temporal
De igual manera serán estas entidades quienes colaboraren con la Administración en la gestión de la incapacidad temporal de los trabajadores, elaborando los servicios sanitarios del servicio de prevención de riesgos laborales el preceptivo informe para que quede acreditada la indicación de incapacidad temporal, con el fin de facilitar a los servicios de atención primaria, su tramitación.
El sector de los servicios de prevención ajenos cuenta con más de 300 operadores repartidos por toda la geografía española, y con miles de profesionales; médicos, enfermeros, técnicos en prevención, ingenieros, etc., quienes son la punta de lanza para asegurar la seguridad y salud de los trabajadores de nuestro país.
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