Pensión de viudedad para parejas no casadas: ya existe en España

Hombre de unos 60 años con pelo blanco, gafas, camisa negra y delantal granate
Gertrudis Bujalance

La pensión por viudedad para una pareja no casada es una asignación económica que concede la Seguridad Social cuando establece ese derecho tras morir el compañero o compañera sentimental del recipiente. Para obtenerla, la persona fallecida debía tener el alta en el régimen general y una pensión contributiva o una pensión por incapacidad permanente.

En nuestro país abundan los ciudadanos no casados, que conviven en pareja y que se plantean si tienen derecho a cobrar la pensión de viudedad. La Seguridad Social confirma que es posible tener derecho a esta prestación. Esta coyuntura se corresponde con la actualización de nuestra sociedad, ya que hasta ahora el matrimonio era una condición indispensable para la pensión de viudedad.

Requisitos para una pensión de viudedad en pareja de hecho o pareja no casada

En España una nueva legislación otorga a toda pareja no casada el derecho a una pensión de viudedad de la Seguridad Social. Estos son los requisitos imprescindibles para recibir esta prestación por viudedad sin haber una unión matrimonial:

  • Constancia de alta de la persona fallecida en el Régimen General de la Seguridad Social, habiendo acatado la normativa de cotización.
  • Inscripción de la pareja de hecho en el registro de la comunidad autónoma o el ayuntamiento que le correspondan, con una antelación mínima de dos años.
  • Acreditación de una convivencia estable durante los cinco años previos al fallecimiento.
  • Demostración de que en los cinco años más recientes, ninguno de los dos haya estado casado o separado de otra persona.

En lo referente a la cantidad económica, la Seguridad Social indica que durante el año anterior a la defunción, la persona sobreviviente no pueden tener una renta superior al 50% de los propios ingresos más los de la persona fallecida. Pero el porcentaje baja al 25% si no hay hijos comunes con derecho a una pensión de orfandad.

Las pensiones españolas se conceden en circunstancias laborales como la jubilación, el desempleo, un accidente, una enfermedad, una discapacidad o la viudedad. Los fondos para pagarlas proceden de las cotizaciones que pagan los trabajadores en activo. En función de las leyes vigentes y de las circunstancias individuales, la pensión puede ser temporal o vitalicia. De cumplirse todos los requisitos necesarios, la pensión de viudedad en una pareja de hecho será permanente.