Aclaración sobre el reconocimiento de las prestaciones extraordinarias por cese de actividad durante la pandemia

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AMAT

Con motivo del Estado de Alarma declarado en España el 14 de marzo de 2020, como consecuencia de la pandemia provocada por el Covid-19, se aprobaron una serie de prestaciones extraordinarias por cese de actividad de trabajadores autónomos, cuya gestión fue encomendada, desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, a las Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social.

Corrección de errores

Dentro de las labores de revisión de los reconocimientos provisionales que se realizaron en el Estado de alarma, las Mutuas están solicitando a algunos trabajadores autónomos que pongan a su disposición toda la información que no se aportó en el momento de la solicitud, como pueden ser DNIs, o incluso, corrigiendo errores en los formularios de solicitud, para que las Mutuas dispongan de toda la documentación, que permita acreditar, ante los Órganos de Fiscalización que estas prestaciones se concedieron conforme a derecho.

Falta de información

Las Mutuas, dentro del proceso de análisis que están realizando, aún no disponen de la información que permita determinar ni el volumen de expedientes concretos de la Prestación Extraordinaria por Cese de Actividad a los que se les debería solicitar la acreditación de algunos de los requisitos para acceder a la prestación, ni mucho menos, la cantidad que deberían de reintegrar aquellos trabajadores autónomos que, en su caso, no hayan acreditado debidamente el derecho al acceso a la prestación.

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