Este documento tiene como objetivo establecer una serie de recomendaciones de aplicación de medidas preventivas por causa del COVID-19 en las obras de construcción. Es de aplicación en todos los centros de trabajo temporales o móviles (obras) a todas las personas que actúen en los diferentes puestos de trabajo o en las instalaciones como: trabajadores, visitas, subcontratas, autónomos, proveedores y cualquier otro tercero que acuda o se encuentre allí.
Para hablar del COVID-19 y la construcción tenemos que empezar definiendo una obra de construcción u obra es cualquier obra, pública o privada, en la que se efectúen trabajos de construcción o ingeniería civil cuya relación no exhaustiva figura en el anexo I del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción. En ellas, actúa una o varias empresas contratistas que actúan como titulares del centro de trabajo. Las medidas preventivas a aplicar respecto a la protección de los trabajadores frente al COVID-19 en obra son, de forma general, las que indique el Ministerio de Sanidad para cualquier centro de trabajo, siendo el RD 463/2020 de aplicación, por tanto, también en las obras de construcción.
El Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo es el documente que analiza, estudia y complementa los riesgos derivados de los trabajos previstos a ejecutar. El riesgo de contagio por el COVID-19 y la construcción no está recogido ni en el Proyecto ni en el Estudio de Seguridad y Salud y, por ello, tampoco está recogido en el mencionado Plan se Seguridad y Salud. Independientemente de lo anterior, es de obligado cumplimiento el mencionado RD 463/2020, como cualquier otra directriz marcada por el Ministerio de Sanidad o el Ministerio de Trabajo, dentro del conjunto de normas y ámbito regulatorio y, en concreto, el “Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al SARS‐CoV‐2”, publicado por el Ministerio de Sanidad. El contratista, titular del centro de trabajo, deberá establecer un procedimiento de actuación en cada obra, siguiendo el mencionado procedimiento.
El presente documento pretende servir de guía para facilitar la elaboración de dicho procedimiento por cada empresa contratista. Las recomendaciones incluidas en el presente documento se revisarán de acuerdo con la nueva información que publique el Ministerio de Sanidad.
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