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Montserrat Iglesias-Lucía Directora Escuela de Prevención y Seguridad Integral (EPSI-UAB)

La formación en la prevención de riesgos laborales: perspectiva de futuro

Formación de técnicos de prevención de riesgos laborales.

La formación de los técnicos de prevención de riesgos laborales ha sufrido una evolución. Ha pasado de ser suficiente una formación especializada no universitaria para obtener la habilitación profesional a ser necesarios estudios universitarios, grado o máster, para poder ejercer como técnico superior de prevención de riesgos laborales.

Esta evolución en la formación marca, en mi opinión, la importancia y el reconocimiento académico a este sector profesional y permite tener mayor conciencia de los riesgos que pueden reducir nuestro desarrollo personal y profesional.

Riesgos visibles e invisibles

Existen dos tipos de riesgos, los visibles y los invisibles. Esta visibilidad no va asociada al impacto sobre la vida de las personas, sino en función de la alarma social que generan. Los riesgos laborales han sido, tradicionalmente, riesgos invisibles porque no existía una concienciación de los peligros que se generaban en los entornos laborales para los trabajadores. La entrada en vigor de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, junto con su desarrollo normativo, permitió visualizar dicho riesgo con las consecuencias que ello implicaba. A raíz de su visualización se ha ido tomando consciencia sobre la importancia de la seguridad laboral y con ella la necesidad de una formación acorde a la envergadura de la profesión.

Formación de técnicos de prevención de riesgos laborales.

Los técnicos de prevención de riesgos, como muchas otras profesiones relacionadas con la seguridad, históricamente no han necesitado de estudios universitarios para poder ejercer su profesión. Pero a diferencia de estas otras profesiones, la proyección de la carrera profesional de la prevención de riesgos laborales se ha construido paralelamente a una estrategia pedagógica.

Como acabamos de indicar, actualmente existe un plan de carrera académico-profesional en el ámbito de la prevención de riesgos laborales que abarca desde los ciclos superiores de formación profesional hasta la realización del doctorado. Pero vayamos paso a paso.

Como regula el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, existen tres niveles de técnicos de prevención de riesgos laborales (el básico, el intermedio y el superior) a los cuáles se les asigna unas funciones específicas que condicionaran el programa formativo a desarrollar. Concretamente, para el nivel básico se requiere una formación del contenido previsto en el anexo IV de como mínimo 30 ó 50 horas, según la actividad a desarrollar en la organización, para el intermedio una formación del contenido previsto en el anexo V de, como mínimo, 300 horas, y para el superior poseer una titulación universitaria oficial y una formación del contenido del anexo VI de, como mínimo, 600 horas que deberá acreditar la universidad (art. 34 y ss.).

En la práctica, la formación para técnico intermedio corresponde a la superación del ciclo superior de formación profesional que da acceso a la universidad para estudiar un grado universitario, desarrollándose el plan de carrera formativo al que hacíamos referencia. También se puede acceder al grado superando la selectividad, la prueba de más de 25 ó 45 años o para aquellos profesionales de más de 40 años que puedan acreditar dicha experiencia.

Se tiene que destacar cómo el legislador ha dejado un amplio abanico para poder adquirir la acreditación de técnico superior de riesgos laborales dado que permite acceso a la formación especializada de 600 horas desde cualquier titulación universitaria oficial. Podríamos encontrar la explicación en la razón de que ningún riesgo es unicausal y, por tanto, todo conocimiento que provenga de las diferentes disciplinas enriquecerá la prevención de los riesgos laborales.

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